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 La Junta de Castilla y León ha aprobado el mapa estratégico de ruido del municipio de Burgos y lo ha hecho público a través de una Orden en el Bocyl de la edición de hoy. Esta norma tiene como fin reducir y vigilar la contaminación acústica y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos burgaleses. Se multará por superar los decibelios y se aplicará a las edificaciones 

El mapa del ruido para su aprobación definitiva por parte de la Junta ha seguido diferentes procesos que se inician desde que el Ayuntamiento de Burgos somete la propuesta del mapa al trámite de información pública, durante un plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Período en el que se presentaron las alegaciones que luego fueron resueltas. 
Posteriormente, mediante una resolución de la Alcaldía de 10 de julio de 2012, el Ayuntamiento de Burgos aprueba la propuesta de mapa del ruido y lo remite a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, competente en la materia. Una vez revisada la documentación remitida por el Consistorio, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático de la Junta de Castilla y León informa que el expediente se ha tramitado conforme a lo dispuesto en la nueva Ley del Ruido de Castilla y León 5/2009, de 4 de junio. 
Los mapas estratégicos de ruido son un elemento previsto por la Directiva sobre Ruido Ambiental encaminado a disponer de información uniforme sobre los niveles de contaminación acústica en los distintos puntos del territorio, aplicando criterios homogéneos de medición que permitan hacer comparables entre sí las magnitudes de ruido verificadas en cada lugar. Tienen por finalidad la evaluación global de la exposición actual a la contaminación acústica de una determinada zona, de manera que se puedan hacer predicciones y adoptar planes de acción en relación con aquélla. 
La Ley del Ruido de Castilla y León expone que se deberán aprobar, previo trámite de información pública, por un período mínimo de un mes, mapas de ruido de los municipios con una población superior a 20.000 habitantes. También establece que es obligatorio que el municipio cuente con el mapa de ruido en el año 2012, que proporcione un mayor conocimiento de las emisiones contaminantes y sus efectos sobre los ciudadanos, teniendo como objetivo principal la reducción del impacto del ruido sobre los habitantes de las localidades de la región, y que se revise cada cinco años a partir de la fecha de su aprobación.
 
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Publicado en: Burgos
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