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 El SEPRONA de la Guardia Civil ha denunciado a los operarios de dos cosechadoras por incumplimiento de las medidas de seguridad en materia de prevención de incendios forestales.

Dentro del Plan de Prevención y Actuación en Incendios Forestales tanto en el monte como en sus zonas limítrofes, el SEPRONA ha denunciado a los operarios de dos cosechadoras en las comarcas del Ebro y Arlanza.

En el primer caso, el día 10 de julio la Patrulla de Seprona de Miranda de Ebro observó una cosechadora realizando labores agrícolas en una finca de la Comarca del Ebro, al serle requerido al responsable de la máquina que mostrase a los agentes los medios de extinción para evitar un conato de incendio, se pudo comprobar que únicamente portaba el extintor de la cosechadora.

En el segundo caso el día 19 de julio la Patrulla de Santa María del Campo localizó una cosechadora realizando labores agrícolas en un paraje de la Comarca de Arlanza comprobando que el operario de la máquina no portaba medios de extinción a excepción del extintor de la cosechadora y se encontraba cosechando sin que ninguna persona estuviese atenta a las pasadas de la cosechadora para evitar un conato de incendio. Comprobados los datos de la Agencia Estatal de Meteorología los trabajos se estaban realizando con una temperatura de 34º C y con una velocidad del viento de  37 km/h. Además estaba declarada la situación de alerta por riesgo meteorológico de incendios forestales en Castilla y León.

Las infracciones observadas, han sido puestas en conocimiento de la Administración correspondiente.

Se recuerda que La Orden FYM/510/2013, por la que se regula el uso del fuego y se establecen medidas preventivas para a lucha contra los incendios forestales en Castilla y León, establece entre otras las siguientes medidas:

En los terrenos agrícolas localizados en el monte y en la franja perimetral de 400 metros del monte, cuando se realicen labores agrícolas con maquinaria del tipo cosechadora, tanto el agricultor como el personal de la misma, establecerán un plan de vigilancia, disponiendo, al menos, de una persona que se mantenga alerta mientras se cosecha, estando atento a las pasadas de la cosechadora por si se inicia un incendio.

Se debe de disponer de medios de extinción suficientes para controlar el posible conato que se pueda originar. Siendo éstos dos mochilas extintoras cargadas de agua y dos batefuegos.

Está prohibida la utilización de maquinaria tipo cosechadoras cuando la temperatura sea superior a 30º C y la velocidad del viento supere los 30 km/h. Además toda la maquinaria agrícola que se utilice en la franja de los 400 metros del monte, se mantendrá en las condiciones adecuadas de revisión periódica y mantenimiento que establezcan las propias condiciones de uso de esta maquinaria, para evitar que se origine fuego como consecuencia de un mal mantenimiento y limpieza de piezas mecánicas y sistema eléctrico.

 

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Publicado en: Provincia
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