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 El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto por el que se crea y regula el Consejo de Archivos, Bibliotecas y Centros Museísticos de Castilla y León. El Consejo será el órgano encargado de informar y asesorar a la Administración de la Comunidad sobre las políticas sectoriales en materia de archivos y patrimonio documental, bibliotecas, fomento de la lectura, patrimonio bibliográfico y en materia de centros museísticos. Este órgano, por razones de eficacia y racionalización administrativa, asumirá las funciones que hasta ahora desempeñaban otros órganos sectoriales como el Consejo de Archivos de Castilla y León, la Comisión Calificadora de Documentos de Castilla y León, el Consejo de Bibliotecas de Castilla y León y el Consejo de Museos de Castilla y León con la finalidad de evitar la dispersión normativa, favorecer la racionalización orgánica, simplificar trámites, agilizar la gestión y conseguir una mayor eficacia en el funcionamiento de los órganos adscritos a la consejería competente en materia de cultura.

El Ejecutivo autonómico ha aprobado el proyecto de decreto por el que se crea el Consejo de Archivos, Bibliotecas y Centros museísticos de Castilla y León. Este Consejo asumirá las funciones que hasta ahora desempeñaban otros órganos sectoriales -como el Consejo de Archivos de Castilla y León, el Consejo de Bibliotecas de Castilla y León y el Consejo de Museos de Castilla y León- por razones de eficacia y racionalización administrativa, y de acuerdo con la disposición adicional cuarta de la Ley 1/2012, de 28 de febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, así como con el Acuerdo 22/2014 de 30 de enero, de medidas para la reforma de la Administración de la Comunidad, y con la finalidad de evitar la dispersión normativa, favorecer la racionalización orgánica, y conseguir una mayor eficacia en el funcionamiento de los órganos adscritos a la consejería competente en materia de cultura, especialmente, simplificando trámites y agilizando la gestión.

Funciones del Consejo de Archivos, Bibliotecas y Centros Museísticos

El Consejo de Archivos, Bibliotecas y Centros museísticos de Castilla y León, órgano colegiado que estará directamente vinculado a la consejería competente en materia de archivos, bibliotecas y centros museísticos, será el órgano encargado de prestar asesoramiento técnico en estas materias y asumirá relevantes funciones de carácter técnico que redundarán en una gestión más eficaz y eficiente de las políticas de archivos y patrimonio documental, en materia de bibliotecas, fomento de la lectura y patrimonio bibliográfico, y en materia de centros museísticos.

Este Consejo asesorará sobre los proyectos de creación o gestión de nuevos archivos, bibliotecas y centros museísticos por la Administración autonómica; elevará propuestas que contribuyan al acrecentamiento de los fondos de los archivos, bibliotecas y centros museísticos de Castilla y León, mediante el depósito de bienes del patrimonio cultural de Castilla y León; podrá elevar propuestas relacionadas con la calidad en el ámbito de los archivos, las bibliotecas y los centros museísticos con la finalidad de adoptar criterios de racionalización y modernización de los procedimientos y métodos de trabajo en dichos centros; podrá estudiar y proponer las iniciativas normativas de la Administración autonómica, en materia de archivos y patrimonio documental, bibliotecas, fomento de la lectura y patrimonio bibliográfico, y centros museísticos de Castilla y León, y analizará cuantas cuestiones de carácter técnico se refieran al fomento de las políticas en materia de archivos y patrimonio documental, bibliotecas, fomento de la lectura y patrimonio bibliográfico, y centros museísticos de Castilla y León.

Estructura y composición

El Consejo de Archivos, Bibliotecas y Centros Museísticos de Castilla y León actuará en Pleno y en tres comisiones sectoriales, lo que proporcionará una visión totalizadora e interdisciplinar de las cuestiones tratadas en el Pleno, al tiempo que agilizará las deliberaciones técnicas y la toma de decisiones de los asuntos técnicos que sean tratados en las comisiones sectoriales.

La presidencia del Consejo la ejercerá la persona titular de la Consejería competente en materia de archivos, bibliotecas y centros museísticos y la vicepresidencia la persona titular del órgano directivo central competente en estas materias. Contará con vocalías natas formadas por las personas titulares de los servicios centrales competentes en las materias, las personas titulares del Archivo General de Castilla y León y de la Biblioteca de Castilla y León. A estas vocalías se sumarán 12 vocalías electivas.

El Consejo estará integrado por profesionales del ámbito de los archivos, bibliotecas y centros museísticos de la Administración de Castilla y León; profesionales del ámbito de los archivos, bibliotecas y centros museísticos titularidad de las entidades locales de Castilla y León; profesionales del ámbito de los archivos, bibliotecas y centros museísticos de las universidades públicas de Castilla y León; profesionales del ámbito de los archivos, bibliotecas y centros museísticos de la Iglesia y de titularidad privada de Castilla y León, y personas de reconocida competencia relacionadas con los mencionados ámbitos de los archivos y patrimonio documental, de bibliotecas y patrimonio bibliográfico y de centros museísticos.
La integración en uno solo de los órganos sectoriales que han venido funcionando hasta ahora conlleva necesariamente, además de la modificación de su estructura y funcionamiento, una reforma de su composición, observándose una significativa reducción del número de vocalías del Consejo respecto de los órganos a los que sustituye. A este respecto cabe señalar que el total de 56 miembros que sumaban los distintos órganos sectoriales se reduce a 22 miembros en el nuevo Consejo de Archivos, Bibliotecas y Centros Museísticos, atendiendo a esos principios que rigen la administración de racionalidad y austeridad, garantizándose en todo caso la eficiencia en el desarrollo de sus funciones y manteniéndose la representatividad de los sectores implicados en las materias que competen al Consejo.
De esta forma, la Comunidad de Castilla y León se dota de un órgano transversal, eficaz y racionalizado de participación, consulta, análisis y coordinación en materia de archivos y patrimonio documental, de bibliotecas y bibliográfico y de centros museísticos.

Tramitación del proyecto de decreto

En la tramitación del proyecto de decreto se ha observado el procedimiento establecido en el artículo 75 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, por remisión del artículo 76 de la misma. Este proyecto de Decreto cuenta con el informe del Servicio de Evaluación, Normativa y Procedimiento de la Consejería de Cultura y Turismo y ha sido sometido a la participación ciudadana a través del Gobierno Abierto. El proyecto de Decreto aprobado hoy ha contado también con el estudio por parte de las consejerías y delegaciones territoriales, con el informe de la Consejería de Hacienda y con el informe de la Asesoría Jurídica de la Consejería de Cultura y Turismo.

En su elaboración, el proyecto de decreto ha contado con una amplia participación del sector ya que se ha consultado a los sectores interesados de archivos, bibliotecas y centros museísticos. Han colaborado en el proceso los archivos centrales de las Consejerías, los archivos de las delegaciones territoriales, los archivos históricos provinciales, el Archivo General de Castilla y León, las bibliotecas públicas provinciales, los centros provinciales coordinadores de bibliotecas, los museos provinciales y los miembros de los consejos sectoriales de Archivos, Bibliotecas y Museos.
 

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Publicado en: Castilla y León
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